La Ley 21.595 de Delitos Económicos introduce una clasificación exhaustiva de los delitos económicos en cuatro categorías, cada una diseñada para abordar distintos niveles de gravedad y contexto dentro del ámbito empresarial y económico. Esta estructura permite al sistema judicial aplicar sanciones específicas y proporcionales, diferenciando entre delitos absolutos, delitos relativos, y delitos asociados como la receptación y el lavado de activos. En esta entrada, exploramos cada categoría y cómo se aplica en la práctica.
1. Primera Categoría: Delitos Absolutos
Los delitos absolutos incluyen aquellos que se consideran delitos económicos en sí mismos, sin necesidad de demostrar que ocurrieron en un contexto corporativo o que buscan un beneficio económico para una organización. Estos delitos, por su naturaleza, afectan la economía, la transparencia y la confianza en las operaciones comerciales. Ejemplos incluyen fraude financiero, manipulación de información de mercado, y evasión fiscal.
Al tratarse de delitos absolutos, no es necesario probar que el delito se cometió dentro de una empresa o que se obtuvo un beneficio directo para una entidad específica. La ley castiga estos delitos independientemente del contexto, reconociendo que afectan la economía general y, por lo tanto, requieren una sanción fuerte y directa.
2. Segunda y Tercera Categoría: Delitos Relativos
Los delitos relativos en las categorías segunda y tercera representan acciones que pueden considerarse delitos económicos dependiendo de ciertos factores contextuales. Aquí, el delito debe estar vinculado al ámbito empresarial y debe tener como objetivo o consecuencia un beneficio económico para la organización. Esta distinción permite que delitos que normalmente se juzgarían bajo el código penal general puedan ser sancionados como delitos económicos cuando se cometen dentro de un entorno corporativo.
Segunda Categoría
En la segunda categoría, se incluyen delitos como corrupción, soborno, y abuso de información privilegiada, siempre que se demuestre que el delito se cometió dentro de una organización y que resultó en un beneficio para la empresa o sus directivos.
Tercera Categoría
En la tercera categoría se contemplan aquellos delitos que, aunque relacionados con la actividad empresarial, son menos graves que los de la segunda categoría, o en los que el beneficio económico puede no ser directo pero sí indirecto para la organización. Estos delitos requieren prueba de que el delito benefició a la organización de alguna manera y que los involucrados actuaron en representación de la entidad.
3. Cuarta Categoría: Receptación y Lavado de Activos
La cuarta categoría abarca delitos asociados, como la receptación y el lavado de activos, que aunque no son exclusivamente delitos económicos, suelen estar relacionados con operaciones ilícitas dentro del ámbito corporativo. En muchos casos, el lavado de activos y la receptación están vinculados a la creación de esquemas financieros para ocultar el origen de fondos ilícitos, lo cual afecta gravemente la economía y la transparencia financiera en el país.
Estos delitos son tratados como delitos económicos debido a su impacto potencial y a la necesidad de establecer un régimen sancionador severo que evite que las empresas actúen como medios para la legalización de fondos ilícitos. Las sanciones en esta categoría buscan desincentivar que las empresas o sus representantes faciliten actividades de este tipo y refuerzan el compromiso con la integridad en las operaciones comerciales.
La Importancia de la Clasificación en la Aplicación de Sanciones
Esta clasificación en cuatro categorías permite una mayor precisión en la aplicación de sanciones según el contexto en el que se comete el delito y el nivel de beneficio obtenido por la entidad involucrada. Además, este enfoque reconoce que no todos los delitos económicos afectan de la misma manera a la economía o a la sociedad, por lo que las sanciones varían en función de la gravedad y el impacto del delito en cuestión.
Por ejemplo:
- Los delitos absolutos, al no requerir prueba de contexto, permiten una respuesta rápida y contundente ante delitos graves que afectan el sistema económico en su conjunto.
- Los delitos relativos permiten una sanción adaptada al contexto organizacional y al beneficio obtenido, promoviendo así responsabilidad corporativa.
- La cuarta categoría disuade el uso de empresas como herramientas para blanquear fondos ilícitos, protegiendo la economía de prácticas fraudulentas.
Conclusión
La Ley 21.595 marca un avance significativo en el tratamiento de los delitos económicos, brindando al sistema judicial una estructura robusta y específica para abordar los distintos tipos de crímenes que pueden ocurrir en el ámbito financiero y empresarial. En Lexcont, reconocemos la importancia de comprender esta nueva normativa para fortalecer el cumplimiento legal y proteger a las empresas de posibles implicaciones penales.
Nuestro equipo está preparado para asesorar a las organizaciones en la implementación de políticas de cumplimiento y en la evaluación de riesgos legales. Si deseas obtener más información o necesitas orientación sobre la Ley de Delitos Económicos, no dudes en contactarnos.