La causa es un elemento fundamental en el derecho civil, especialmente en los actos jurídicos y contratos. En el Código Civil chileno, la causa se regula en diversos artículos y es esencial para determinar la validez de un acto jurídico. La doctrina ha debatido ampliamente sobre el concepto de causa y su aplicación en el derecho chileno.
1. Regulación de la Causa en el Código Civil
- Artículo 1445: Establece que la causa lícita es un requisito esencial del acto jurídico.
- Artículo 1467: Requiere que la causa sea real y lícita.
- Artículo 1468: Menciona excepciones a los efectos de la nulidad por falta de causa lícita.
2. Debate sobre la Causa: Obligación vs. Acto
Existen diferentes posturas doctrinales sobre si la causa debe referirse a la obligación o al acto jurídico:
- Causa de la Obligación:
- No puede haber obligación sin causa (Art. 1467).
- La causa es un requisito para que una persona se obligue a otra (Art. 1445).
- El Código Civil se dictó durante el auge de la doctrina clásica.
- Causa del Acto:
- Se requiere causa para que una persona se obligue a otra por un acto o declaración de voluntad (Art. 1445).
- La causa es el motivo que induce al acto o contrato (Art. 1467).
- Las sociedades (contratos) son nulas por ilicitud de causa (Art. 2057).
3. Criterio del Código Civil Chileno
El criterio del Código Civil chileno respecto a la causa es objeto de debate entre tres doctrinas principales:
- Criterio Objetivo:
- Sigue la doctrina clásica, adoptada por Bello.
- El Art. 1467 exige que la causa sea «real», lo que admite obligaciones sin causa.
- El motivo se considera de orden jurídico o abstracto.
- La causa en contratos gratuitos refleja el pensamiento de Pothier.
- Criterio Subjetivo:
- A diferencia del Código Civil francés, define causa como «motivo».
- La exigencia de una causa real y lícita permite al juez investigar los motivos.
- El concepto de causa-motivo era conocido por Bello.
- En contratos gratuitos, la liberalidad basta como motivo.
- Doctrina Ecléctica:
- Realiza una distinción implícita en el Código Civil.
- Causa del Acto o Contrato (criterio subjetivo): Motivo igual a móviles psicológicos, individuales y subjetivos.
- Causa de la Obligación (criterio objetivo): Abstracta e idéntica para cada contrato.
4. Requisitos de la Causa para la Validez de los Actos Jurídicos
Para que la causa sea válida en un acto jurídico, debe cumplir con los siguientes requisitos (Art. 1467):
- Real: Debe existir al momento en que se celebra o ejecuta el contrato o acto jurídico.
- Lícita: No debe ser contraria a la ley, el orden público o las buenas costumbres.
5. Prueba de la Falta de Causa Real y Lícita
La carga de la prueba de la falta de causa recae sobre quien la alega, de acuerdo con la regla general.
- La ley presume que todo acto jurídico tiene una causa real y lícita, aun sin expresarla, constituida por los motivos que normalmente inducen a celebrar las diversas especies de actos jurídicos.
- El juez debe indagar en el motivo real (lícito o ilícito) para confirmar o descartar el motivo presunto.
6. Casos de Falta de Causa
- Actos Simulados: El motivo existe en el acto real, pero no en el simulado. Hay motivo para la simulación, pero no para el acto simulado.
- Creencia Errada de que Existe una Obligación (Art. 1467 final): La declaración tiene una causa falsa o inexistente (e.g., compra de cosa propia, Art. 1816).
7. Sanción a la Falta de Causa Real y Lícita
- Falta de Causa: Doctrinariamente se considera inexistente y se sanciona con inexistencia o nulidad absoluta.
- Causa Ilícita (Art. 1682): El Código Civil dispone expresamente la nulidad absoluta.
8. Relación de la Causa con Otras Instituciones
- Causa y Error:
- Error sobre el motivo puede viciar el consentimiento en ciertos casos.
- Error sobre los motivos no vicia el consentimiento, excepto en contratos gratuitos o de beneficencia.
- Causa y Dolo: Si la fuerza o el dolo es el motivo determinante para contratar, existe causa ilícita.
- Actos Abstractos: Son actos en los que la causa no aparece como un elemento constitutivo pero se presume su existencia. Ejemplos incluyen delegación, estipulación a favor de terceros, fianza, y letra de cambio.
- Fraude a la Ley: Implica maniobras para eludir lo dispuesto en la ley. Se considera que hay causa ilícita o que el acto es prohibido por la ley (objeto ilícito).
Conclusión
La causa es un concepto clave en el derecho civil que asegura que los actos jurídicos tengan un motivo legítimo y real. La doctrina y la jurisprudencia han debatido extensamente sobre su definición y aplicación, lo que refleja la complejidad y relevancia del tema en el derecho de los contratos.